NOTIFICACION: SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE VALDIVIA, ROL C- 925-2024, BANCO ESTADO DE CHILE con GONZALEZ MONTECINOS, JESSICA GABRIELA”, EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal, solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. S. J. L. Civil. COMPARECE: MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, representado legalmente por su Gerente General Oscar González Narbona, según acredita con escritura pública de mandato judicial, que acompaña en un otrosi, domiciliado Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8, Santiago, a US digo: Vengo en demandar en juicio ejecutivo a JESSICA GABRIELA GONZALEZ MONTECINOS, ignoro profesión, domiciliado en Parcela 12 Valdivia, por las razones que expongo: Mi representado, el BANCO DEL ESTADO DE CHILE, es dueño del Pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito por el demandado con fecha 12 de ABRIL de 2021. El Pagaré fue suscrito por la suma de 70,207559 Unidades de Fomento, por concepto de capital, más un interés del 3,37% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 346 cuotas mensuales, iguales y sucesivas cuyo monto se detalla en el pagaré cuyo texto doy por íntegramente reproducido, venciendo la primera de ellas el día 01 de OCTUBRE de 2021. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación contraída, desde el incumplimiento, se devengarían intereses penales del máximo convencional a las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, el Banco podrá hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido, mediante su cobranza judicial ante tribunal competente. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el mes de MAYO de 2023, inclusive, y todas las posteriores, por tanto, el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de 68,113749 Unidades de Fomento, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de este se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo con lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JESSICA GABRIELA GONZALEZ MONTECINOS, en su calidad de deudor principal, ya individualizada, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 68,113749 Unidades de Fomento, que al día 12 de OCTUBRE de 2023 (valor UF 36.232,83) equivale a $2.467.954, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Solicita tener por acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, los siguientes documentos: a) Pagaré individualizado en lo principal, y se ordene custodia. b) certificado de deuda. SEGUNDO OTROSÍ: Solicito tener presente que señalo para la traba del embargo todos los bienes del ejecutado, los que permanecerán en su poder en calidad de depositarios provisionales, bajo su responsabilidad civil y penal. TERCER OTROSÍ: Solicita tener presente que personería para actuar en representación del Banco Del Estado de Chile, consta en escritura pública firmada a través de firma electrónica avanzada, documento que acompaña en pdf, con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala como medio de notificación los siguientes correos electrónicos: jburgos@qabogados.cl y abogadoszonasur@beco.bancoestado.cl QUINTO OTROSÍ: Designo abogado patrocinante y que confiero poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión JULIO ARMANDO BURGOS NAVARRETE, domiciliado para estos efectos, en Moctezuma 646, Valdivia, quien firma en señal de aceptación. Tribunal proveyó: A lo Principal: Despáchese. Primer Otrosí: Por acompañado el pagaré, guárdese en custodia, el contrato bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil, los demás, con citación. Segundo y Quinto otrosí: Téngase presente Tercer otrosí: Téngase presente y por exhibido el mandato judicial. Cuarto otrosí téngase presente el correo electrónico señalado, el que se declara expedito y eficaz. MANDAMIENTO: Un Ministro de Fe requerirá de pago a JESSICA GABRIELA GONZALEZ MONTECINOS, para que pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente la cantidad de 68,113749 Unidades de Fomento, en su equivalente en moneda nacional vigente al momento del pago, más intereses y costas. No verificado el pago en el momento del requerimiento, trábese embargo sobre bienes suficientes de la ejecutada, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal. Resolución: Para efectos del requerimiento de pago, se cita a JESSICA GABRIELA GONZALEZ MONTECINOS, para que comparezca al tercer día después de la última publicación, a las 13:00 horas, a la oficina del Receptor Franklin Pinilla Monsalve, ubicada en calle Arauco N°136, oficina 31, Valdivia, para requerimiento de pago bajo apercibimiento que de no concurrir se le tendrá por requerida de pago en rebeldía, procediéndose sin más trámite al embargo. Secretario.
Enlace de este aviso: http://www.diariodevaldivia.cl/legales/segundo-juzgado-civil-de-valdivia-rol-c-925-2024-banco-estado-de-chile-con-gonzalez-montecinos-jessica-gabriela/6488/2025-11-01
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