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Por Roberto Cadagán , 16 de agosto de 2022 | 20:25

Conoce hasta cuándo puedes excusarte para no ser vocal de mesa en el plebiscito

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Estar a más de 300 kilómetros de tu local de votación es una de las razones para no ser vocal de mesa. Crédito: Archivo.
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La solicitud se puede realizar de forma presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral.

Si fuiste seleccionado para ser vocal de mesa en el plebiscito de salida fijado para el 4 de septiembre, debes saber que podrás excusarte para no realizar dicha labor.

El Servicio Electoral informó que desde hoy martes 16 y hasta el jueves 18 de agosto, podrás realizar el trámite para no ser parte de este proceso sin arriesgarte a recibir una multa.

Las solicitudes se podrán realizar hasta el jueves 18 de este mes de forma presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral de tu domicilio, que designa y excusa a los vocales de mesa.

El 20 de agosto se publicarán las nóminas finales de vocales reemplazantes de mesas receptoras de sufragios y miembros de colegios escrutadores. 

En esta instancia, la ley no contempla periodo de excusas, por lo que no habrá vuelta atrás.

Las multas por no cumplir con esta labor van de 2 a 8 UTM (de 117.544 a 470.176 pesos).

Los electores designados como vocales podrán excusarse invocando alguna de las siguientes causales:

Estar comprendidos en las causales de inhabilidad. Cargos públicos y de elección popular.

Estar ausente del país o en una localidad distante 300 km.

Tener que desempeñar el mismo día otras funciones encomendadas por ley.

Tener 60 o más años. En todo caso, las personas mayores de 60 años siempre podrán ofrecerse voluntariamente para ejercer como vocal de mesa.

Estar física o mentalmente inhabilitado, lo que deberá acreditarse con certificado médico.

Cumplir funciones en establecimientos hospitalarios.

Mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.

Padre o la madre de un hijo o hija menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022.

Estar al cuidado de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades-

Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

 

 

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