La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia que condenó a Patricio Segundo Ulloa Rodríguez a la pena de 10 años y un día de presido efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple, ilícito perpetrado en agosto de 2019, en el sector de Las Ánimas, de la capital de Los Ríos.
A la condena, se suman las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
En fallo unánime (causa rol 1183-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada descartó error en la calificación jurídica de los hechos probados y plasmados en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, que descartó que configuren un cuasidelito.
Para el tribunal de alzada: “De lo expuesto y de un estudio detallado de la sentencia censurada, que versa sobre un tema complejo y de difícil solución jurídica, no es posible advertir su insolvencia, la ausencia de sustento o que sus motivaciones sean vanas, ni menos aún, que sean contrarias a la prueba aportada a la causa, y en ese orden de ideas, se configure alguna situación de falsa fundamentación".
Por tanto, se resuelve que: “Se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la defensa privada a cargo de la abogada Yasna Bascur Cerda, en representación de Patricio Segundo Ulloa Rodríguez, formulado en contra de la sentencia de treinta y uno de julio pasado, emanada de una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, la que no es nula, como no lo es el juicio del cual procede”.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 7:45 horas del 20 de agosto de 2019, la víctima, una joven de 21 años de edad, circulaba en bicicleta por la avenida Pedro Aguirre Cerda, sector de Las Ánimas de la comuna de Valdivia.
Arteria en la que, al llegar a la intersección con la calle Bombero Classing, fue sobrepasada por un camión con acoplado que transportaba troncos y que era conducido por Ulloa Rodríguez, quien no se detuvo ante la luz roja del semáforo ubicado en dicho cruce.
Siguió su trayecto a alta velocidad y sin respetar la distancia mínima de 1,5 metros que debía mantener respecto al velocípedo. Factores que provocaron que la joven cayera al suelo y perdiera la vida en el lugar, al ser arrollada por el remolque.
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